15 oct 2007

LIBERTAD DE INDUSTRIA Y COMERCIO



La Patente de Industria y Comercio es una cédula que otorga el titular del ejecutivo a personas naturales o jurídicas para el ejercicio de actividades industriales, comerciales, de servicios, actividades conexas y para comercializar bebidas alcohólicas.


"LAS NORMAS NO SE CUMPLEN Y EL ESTADO NO CONTROLA"

Los Impuestos de Patente de Industria y Comercio hoy en día están en la mira de la mayoría de las administraciones municipales.
El decir que las empresas son las que deben soportar la mayor carga tributaria porque son las que más tienen, no es del razonamiento lógico, teniendo en consideración de que no todas las empresas son vigorosas y altamente productivas, así como las situaciones que rodean a estos contribuyentes, las cuales pueden variar en el tiempo.
La economía informal ha invadido las calles (en unos sectores más que en otros), siendo ésta una actividad que poco o nada aporta al Fisco, pero sí compite en forma desleal con empresas formales, muchas de ellas pequeñas y medianas, que son las que cargan con todo tipo de gravámenes administrativos y económicos.
También es una realidad que los contribuyentes formales han reducido sus ventas por mil y una razones, que van desde la recesión económica al desempleo, la ya citada economía informal, el contrabando y cualesquiera otras variables, incluso, por supuesto, de orden político.
Cuando analizamos la base imponible y la forma de cálculo de los distintos tipos de impuestos de patente de industria y comercio, se observa una distinción de actividades económicas cuyos ingresos brutos son gravados con unas alícuotas impositivas, asignadas más por intuición que como consecuencia de un estudio del mercado.

Para obtener la Licencia para Expendio de Bebidas Alcohólicas debe consignar una carta de solicitud ante la Dirección de Administración Tributaria, indicando los siguientes datos:


- Nombre, apellido, nacionalidad, Cédula de Identidad, profesión y domicilio del solicitante.


- Nombre, apellido, nacionalidad, Cédula de Identidad, profesión y domicilio del representante legal o apoderado.


- Índole del negocio conforme a la clasificación establecida en el artículo 194 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas, en el caso en que corresponda.


- Descripción de ubicación exacta del local con indicación de la distancia a la que se encuentra respecto a: zonas rurales, centros de salud, templos, institutos educacionales, institutos de protección de menores, campos deportivos, zonas residenciales, parques y otros expendios de bebidas alcohólicas.


- En caso de solicitudes para expendio Al por Mayor y Al por Menor, se indicará si funcionarán solos o anexos a supermercados, abastos o agencias de festejos, y si funcionarán o no conjuntamente dentro del mismo local.


- Timbre Fiscal por 0,02 UT


- Horario en se expenderán las bebidas alcohólicas.


- Y debe anexar los documentos o recaudos requeridos y señalados en la Ley de Impuesto sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas y su reglamento.

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